¿Qué es y cómo se hace el poder Apud Acta?

En el anterior post hablábamos de los tipos de poder general para pleitos que se le podían otorgar a los procuradores con el fin de que pudiera representar a su cliente en los Juzgados, pero es importante centrar el tema y explicar en qué consiste el apoderamiento denominado Apud Acta, así como en las ventajas que este tipo de poder conlleva.

¿Qué es el apoderamiento Apud Acta?

El poder Apud Acta consiste en un acto jurídico debidamente documentado, el cual queda formalizado ante el letrado de la Administración de Justicia ante el decanato de cada juzgado, también telemáticamente a través de la página de la Administración de Justicia, y ante los Colegios de los Procuradores (cada colegio marca un importe).

Es el poder en el que una persona, a través de un documento le otorga autoridad a otra, en este caso el procurador, para que ejerza su representación legal en los procedimientos judiciales.

Así, el procurador, con este poder, se encargará de todos los actos procesales y los llevará a cabo en nombre del cliente, agilizando con ello todos los procedimientos.

Las ventajas del poder Apud Acta

Quizá una de las dudas más habituales de por qué elegir este tipo de poder en vez de elegir el tradicional poder notarial se deba a sus ventajas.

Dentro de sus principales ventajas destacan:

  •  Se trata de un poder gratuito, excepto si vas a los colegios de los procuradores, a diferencia del poder notarial, que ya conlleva los gastos y costes del notario.
  • Actualmente se puede agilizar mucho el proceso al realizarlo de manera telemática y online.
  • En el caso de que en juzgado donde se tramite el procedimiento se encuentre en una población diferente a la de residencia, se puede acudir al decanato del juzgado más próximo, y solamente indicando los datos, se podrá tramitar el apud acta.

Trámites y pasos que seguir para otorgar el apoderamiento apud acta

El apud acta se puede llevar a cabo de dos maneras diferentes:

  • Por comparecencia personal ante el Letrado de la Administración de Justicia.
  •  Por comparecencia electrónica. Es posible realizarlo a través de la sede virtual del Ministerio de Justicia. Con nuestro DNI electrónico, se puede acceder como poderdante y dar de alta, consultar o bien revocar un poder.
  • Puedes acudir ante el colegio de procuradores más cercano a tu localidad o decanato del juzgado que te pille más cerca.

No obstante, para que pueda ser llevado a cabo el poder del apud acta, debe realizarse al principio del procedimiento como un poder notarial para pleitos.

 

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