Subastas judiciales y extrajudiciales: Intervención del procurador

En primer lugar, debemos distinguir, en síntesis, dos tipos de subastas, esto es, las judiciales y las extrajudiciales. 

En ambos casos, contar con un Procurador especializado en la materia y en el procedimiento a seguir, es esencial para que los intereses de la persona/entidad que va a pujar en la subasta no se vean perjudicados.

Para poder participar y optar a la adquisición de bienes publicados en el portal de subastas, es necesario el registro previo como usuario.

En definitiva, para poder tener la propiedad del inmueble que la persona, entidad, sociedad desee, hay que conocer los requisitos legales de las subastas telemáticas y cómo funciona en la práctica la participación en ellas y esta cuestión, en la mayoría de casos, escapa al conocimiento de dichas personas (o en su caso entidades) por lo que se hace necesaria la intervención del Procurador.

Veamos a continuación, cuáles son las funciones que realiza el Procurador y que pueden inclinar la balanza a nuestro favor en un procedimiento de subasta:

Fase previa a la subasta

  • Información de la situación real y el estado de conservación del/los inmuebles.
  • Posibles deudas existentes asociadas al inmueble (comunidad de propietarios, IBI, etc.).
  • Averiguación de si el inmueble tiene o no ocupantes.
  • Estudio y evaluación de la situación registral, cargas anteriores, posteriores, existencia de posibles servidumbres.
  •  Fijación de la ruta de actuación durante la celebración de la subasta.
  • Redacción del poder de representación o tramitación de la certificación electrónica necesaria para participar en la subasta.

Subasta

  • Ingreso del depósito previo en nombre del cliente para participar en la celebración de la subasta.
  • Participar en la forma requerida por el cliente, realizando las pujas/ofertas y asegurando la protección de tu inversión.
  • En caso de imposibilidad de adjudicarse el bien, gestión de la devolución de los depósitos realizados.
  • Para el caso de adjudicación del bien, el Procurador se puede personar en el procedimiento en nombre del cliente (con abogado que designado por aquel) para el seguimiento procesal del procedimiento hasta la inscripción a favor del cliente del inmueble con la consiguiente entrega de la posesión.
  • Tramitación administrativa, pago de impuestos por cuenta del cliente e inscripción registral del título en el Registro de la Propiedad.

Hay que tener en cuenta que no sólo estamos hablando de subastas de inmuebles, existen otros bienes como pueden ser coches, motocicletas, barcos, siendo un elemento común en todos estos procedimientos, las funciones de información, agilización del procedimiento y en definitiva las de aportar un salto de calidad por parte del Procurador que determine que podamos conocer lo que vamos a adquirir, como lo vamos a adquirir y en qué condiciones lo vamos a adquirir.

Igualmente, este conocimiento especializado del Procurador nos puede ayudar en las subastas extrajudiciales, siendo un paso más en el camino hacia la externalización de los procesos de ejecución y para conseguir la agilización, eficiencia y transparencia de los procesos de liquidación que permita a los acreedores recuperar la deuda en el menor tiempo posible y a las personas que pujan en dichas subastas valerse de un profesional especializado en la materia como es el Procurador, a fin de conocer los trámites a realizar en un procedimiento desconocido para el ciudadano de a pie.

 

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